Comunicado ante las publicaciones del CONES
La Universidad Columbia del Paraguay realiza la siguiente aclaración a toda la comunidad educativa respecto a las dudas existentes tras las publicaciones del Consejo Nacional de Educación Superior (CONES).
Como institución hemos implementado y aplicado el uso de herramientas digitales de enseñanza-aprendizaje desde el 13 de marzo, en sustitución de las clases presenciales, a fin de desarrollar y acompañar los programas de las asignaturas y programas de las carreras de grado, con el objetivo de evitar la aglomeración de personas en referencia a las medidas sanitarias impuestas por el MSPyBS para evitar la propagación del COVID-19.
Somos una de las universidades que respondieron a la exigencia de la Resolución CE-CONES N° 04/2020, hemos realizado la comunicación correspondiente e informamos la aplicación de herramientas de enseñanza-aprendizaje, por ello, estamos presente en la lista de universidades que han aceptado seguir con la formación a través de herramientas digitales.
Teniendo en cuenta las siguientes disposiciones del CONES, específicamente la Resolución CE-CONES N° 8/2020, donde se brindaron las orientaciones e indicaciones de cómo cada Institución de Educación Superior debe remitir la información de la forma en que está realizando esta implementación, es decir, detallando: sede, carrera y/o programa, herramienta virtual, responsable. La Universidad Columbia del Paraguay ya brindó los documentos y estamos aguardando la respuesta del ente regulador.
Aquí brindamos respuestas a alguna de las preguntas que podrían surgir ante la medida implementada;
¿Las carreras de la Universidad Columbia del Paraguay están habilitadas por el CONES?
Sí. Todas las carreras presenciales y a distancia de nuestra institución están habilitadas por el CONES. La habilitación consta en el Registro Nacional de Ofertas Académicas.
¿La Universidad Columbia del Paraguay está habilitada por el CONES para implementar las herramientas digitales como alternativa a las clases presenciales?
Columbia ya remitió los documentos requeridos en la Resolución CE-CONES N° 8, donde se brindaron las orientaciones e indicaciones de cómo se realizada la implementación de las herramientas digitales, detallando: sede, carrera y/o programa, herramienta virtual, responsable. En el Registro Nacional de Ofertas Académicas Presenciales que Aplican Herramientas Digitales de Enseñanza-Aprendizaje se insertarán todas aquellas carreras de grado y programas de postgrado que cumplan las pautas y orientaciones dispuestas en dicha Resolución.
Si la Universidad Columbia del Paraguay tiene todas las carreras habilitadas, ¿Por qué aún no fueron autorizadas las herramientas digitales como alternativa a la presencialidad?
Porque el CONES incorpora universidades habilitadas a la lista en la medida que el Consejo Ejecutivo vaya analizando las documentaciones requeridas y que cuenten con las orientaciones dispuestas, dicha lista se irá actualizando constantemente. Cave recalcar que él envió de documentos no tiene una fecha límite.
¿Todas las clases son válidas hasta ahora?
Sí, todas las clases son y seguirán siendo válidas, puesto que todas las carreras fueron habilitadas legalmente por el CONES, de hecho, uno de los requisitos principales para que sean aprobadas las herramientas digitales de enseñanza-aprendizaje, es que las carreras deben estar habilitadas. Nada de lo desarrollado hasta el momento puede estar en riesgo de no ser reconocido.
¿Qué pasa con el contenido práctico de algunas carreras?
La institución presentó ante el CONES el plan implementado de aquellos contenidos de carreras prácticas. El CONES verificará si es aplicable para levantar al Castastro.
En el tiempo, cómo se manejó la continuidad de las clases presenciales a virtuales, ¿cuándo la universidad presentó sus documentos?
La autorización se dio mediante la Resolución CE-CONES Nº 4, en la que también se solicitó a las Instituciones de Educación Superior informen de su disponibilidad para implementar dichas herramientas digitales alternativas. En esa lista están las instituciones que tienen la autorización del CONES porque tienen carreras habilitadas.
Dado el caso que la cuarentena se alargó más de lo que en principio estaba indicado, se continuó trabajando con esta disposición. Entonces, se amplió la determinación a través de la Resolución CE-CONES N° 8, donde se dieron ya orientaciones e indicaciones del cómo cada Institución de Educación Superior está realizando esta implementación, es decir, detallando: sede, carrera y/o programa, herramienta virtual, responsable. Documentación que ya fue remitida.
Si tienen alguna consulta con respecto a las resoluciones del CONES y el estado de complimiento de la universidad, no duden en escribirnos, a través de sae@columbia.edu.py.